Nuevas alternativas para la emisión de certificados de supervivencia
Con el fin de simplificar la emisión de certificados de supervivencia a los jubilados y pensionados, el Consejo Directivo ha aprobado nuevas alternativas, que se suman a la vía tradicional para facilitar este trámite obligatorio. El principal objetivo de estas medidas ha sido cuidar a nuestros mayores, como una retribución necesaria a todo el esfuerzo realizado durante los años de actividad.
En ese sentido, se han considerado los riesgos y la incomodidad de tener que trasladarse al Colegio en meses de gran afluencia de público y de condiciones climáticas adversas como julio y diciembre. Por ello, como primera medida, se resolvió fijar los meses de abril y octubre para la presentación de la documentación.
Con respecto al trámite mismo, se han incorporado nuevas modalidades que atienden a diferentes situaciones y realidades de nuestros pensionados y jubilados. Estas se suman a los procedimientos tradicionales, que son:
- Supervivencia notarial
- Supervivencia policial
- Supervivencia efectuada personalmente mediante formulario otorgado por la Caja Notarial, validado por el escribano legalizador del Colegio de Escribanos.
- En caso de encontrarse en instituciones geriátricas, certificado del director del centro de salud.
- En caso de vivir en el exterior, deberá presentar certificado extendido por el Consulado del país en el que se encuentre.
Las nuevas alternativas habilitadas son:
- Si el jubilado o pensionado se encuentra bajo internación domiciliaria, el certificado podrá ser otorgado por el médico del Régimen Asistencial a cargo de su seguimiento.
- Cualquier escribano matriculado en ejercicio de la demarcación (familiar o no del titular del beneficio complementario) podrá confeccionar el certificado de supervivencia, mediante el formulario disponible en el Acceso Restringido Único. Podrán utilizarse dos modalidades: A) El escribano en ejercicio podrá descargar el formulario, completarlo y firmarlo ológrafamente. Luego lo enviará escaneado por la Mesa de Entradas Virtual (MEV). B) (Próximamente) El escribano certificante podrá completar el formulario, firmarlo digitalmente y enviarlo también a través de la MEV.
- Los titulares de beneficios complementarios que cobren habitualmente sus haberes por la ventanilla del Banco Itaú, sede Las Heras 1833, tendrán por acreditadas sus supervivencias con la firma que emitan en sus recibos de cobro.
- Los escribanos que se encuentren en actividad y, que a su vez sean beneficiarios de la Caja Notarial Complementaria como pensionados, estarán exentos de la obligación del trámite.
- Los escribanos jubilados de la Caja Notarial Complementaria contratados para ejercer funciones en el Colegio, también quedan exceptuados de la presentación (Resolución CD Nº 318/17).
A mediano plazo, se habilitará la opción del registro de huella digital para cumplir con este requerimiento. El Colegio continuará buscando alternativas que redunden en mayor simplicidad y comodidad para nuestro jubilados y pensionados.
Fuente: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.